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Persona del medio político
RegulaciónAlguien con una función pública destacada, más familiares y allegados. Provoca un escrutinio adicional en una entidad regulada, no un rechazo.
Definición
Una persona del medio político es alguien a quien se ha confiado una función pública destacada y, en la mayoría de los regímenes, la definición alcanza también a sus familiares cercanos y allegados conocidos. La condición no es una acusación. Existe porque esa posición conlleva mayor riesgo de soborno y desvío de fondos, y lo que se exige a una entidad regulada es un escrutinio proporcionado, no el rechazo: aprobación de un nivel superior para abrir o mantener la relación, pruebas más sólidas de la procedencia de los fondos y un seguimiento continuo más estrecho. Quién entra en la categoría, durante cuánto tiempo tras dejar el cargo y si los cargos nacionales se tratan igual que los extranjeros son cuestiones de derecho nacional y difieren mucho. En la práctica, el cliente se topa con el concepto como una pregunta más al registrarse y, cuando le aplica, una revisión más lenta con más documentos: el mecanismo funcionando como está diseñado, no una señal de que algo va mal.
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